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Nueva Ley de Trafico
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Nueva Ley de Trafico
Unas de las novedades de la nueva Ley de Trafico nos afecta a nosotros los ciclistas ya que si no llevas alumbrado o elementos o prendas reflectantes la sancion es de 100 euros ademas de que la Guardia Civil podra confiscar o inmovilizar a quien no lleve casco en carretera.Bueno señores pues habra que ponerse las pilas para que no nos crujan una buena multa.

erperi- XTR

- Cantidad de envíos: 2466
Inscripción: 17/04/2009
Edad: 47
Localización: sevilla-este
Re: Nueva Ley de Trafico
Hola a todos,
pego aquí algunos extractos para aclarar lo que dice exactamente la nueva ley de tráfico en lo que atañe a bicicletas. En cualquier caso, recordad que los ciclistas estamos sujetos a la normativa de tráfico aunque no se mencione expresamente, vamos que si te saltas un semáforo te pueden crujir. Espero que os resulte de utilidad.
Un saludo.
…En particular es falta leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.
Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:
a) ……
e) Circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta en cuyo caso la infracción tendrá el carácter de leve.
h) No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
Artículo 22. Ciclos y bicicletas
1. Los ciclos, para poder circular, deberán disponer de: Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras. Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
4. Las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.
Artículo 42. Uso obligatorio de alumbrado.
1. Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora del día, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal «túnel», deben llevar encendido el alumbrado que corresponda, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca.
3. Las bicicletas, además, estarán dotadas de los elementos reflectantes debidamente homologados que reglamentariamente se determinen y que deberán poseer estos vehículos de acuerdo a dicha normativa. Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana.
Artículo 47…
…Estarán obligados a su uso -del casco- los conductores y ocupantes de bicicletas cuando circulen en vías interurbanas salvo las excepciones determinadas reglamentariamente".
Artículo 84. Inmovilización del vehículo.
1. Se podrá proceder a la inmovilización del vehículo cuando:
c) El conductor o el pasajero no hagan uso del casco de protección, en los casos en que fuera obligatorio.
Resumiendo, que el uso del casco es obligatorio en vías interurbanas, no llevarlo es una infracción grave y te pueden inmovilizar la bicicleta. Para poder circular tenemos que llevar un timbre. Para circular de noche o por túneles son obligatorias las luces de posición y el catadióptrico trasero, no llevar estos elementos es falta leve (hasta 100€ de multa). Y, si circulamos por vías interurbanas, en los casos en que sean obligatorias las luces, además debemos llevar una prenda reflectante.
Y, finalmente, para tranquilizar un poco:
La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir.
pego aquí algunos extractos para aclarar lo que dice exactamente la nueva ley de tráfico en lo que atañe a bicicletas. En cualquier caso, recordad que los ciclistas estamos sujetos a la normativa de tráfico aunque no se mencione expresamente, vamos que si te saltas un semáforo te pueden crujir. Espero que os resulte de utilidad.
Un saludo.
…En particular es falta leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.
Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:
a) ……
e) Circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta en cuyo caso la infracción tendrá el carácter de leve.
h) No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
Artículo 22. Ciclos y bicicletas
1. Los ciclos, para poder circular, deberán disponer de: Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras. Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
4. Las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.
Artículo 42. Uso obligatorio de alumbrado.
1. Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora del día, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal «túnel», deben llevar encendido el alumbrado que corresponda, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca.
3. Las bicicletas, además, estarán dotadas de los elementos reflectantes debidamente homologados que reglamentariamente se determinen y que deberán poseer estos vehículos de acuerdo a dicha normativa. Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana.
Artículo 47…
…Estarán obligados a su uso -del casco- los conductores y ocupantes de bicicletas cuando circulen en vías interurbanas salvo las excepciones determinadas reglamentariamente".
Artículo 84. Inmovilización del vehículo.
1. Se podrá proceder a la inmovilización del vehículo cuando:
c) El conductor o el pasajero no hagan uso del casco de protección, en los casos en que fuera obligatorio.
Resumiendo, que el uso del casco es obligatorio en vías interurbanas, no llevarlo es una infracción grave y te pueden inmovilizar la bicicleta. Para poder circular tenemos que llevar un timbre. Para circular de noche o por túneles son obligatorias las luces de posición y el catadióptrico trasero, no llevar estos elementos es falta leve (hasta 100€ de multa). Y, si circulamos por vías interurbanas, en los casos en que sean obligatorias las luces, además debemos llevar una prenda reflectante.
Y, finalmente, para tranquilizar un poco:
La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir.
_________________
"Lo único que se es que no se nada." ... Fin de la transmisión.

Josechu- Administrador
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Edad: 45
Localización: Sevilla Este
Re: Nueva Ley de Trafico
Buen aporte a los dos, que esas normas nunca las leemos, y es bueno tenerlas en cuenta.
_________________
...Todos los días aprendemos algo nuevo...¡¡¡soy globero... y que!!!

Re: Nueva Ley de Trafico
Bien por la alerta Manuel y muy clarificadora tu información Josechu.
Gracias a los dos.
Gracias a los dos.

madeles- XTR

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Inscripción: 16/04/2009
Edad: 46
Localización: Sevilla-Este
Re: Nueva Ley de Trafico
Ahora si que vamos a coger poca carretera.

Aconcagua- XTR

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Inscripción: 13/01/2010
Edad: 36
Localización: Sevilla Este
Re: Nueva Ley de Trafico
Muy bien lo de llevar casco,pero yo ademas lo pondria tambien en vias urbanas,lo del timbre ya no me gusta tanto,una mtb con timbre es cosa de globero total,y que me perdone quien lo lleve.
Lo del alumbrado es normal si se sale de noche ya sabe uno que tiene que ir bien equipado,por eso yo la noche para los gatos,ademas con lo poco que veo
Lo del alumbrado es normal si se sale de noche ya sabe uno que tiene que ir bien equipado,por eso yo la noche para los gatos,ademas con lo poco que veo


Baelo- Deore LX

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Edad: 46
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